¿Cuál es la sanción por ejercer la abogacía sin una licencia y qué constituye exactamente la práctica de la abogacía?

Mejor respuesta

Cada estado establece sus propios estándares sobre sus medios para ejercer la abogacía. Estas definiciones difieren ligeramente, pero abarcan algunos tipos de actividad en común. Lo siguiente, con simplificaciones, proviene de Practicar la abogacía sin licencia :

  • Presentarse como abogado. Practicar la abogacía incluye presentarse ante el público como abogado, abogado o alguien con derecho a ejercer la abogacía. No puede, por ejemplo, alquilar un edificio y usar un letrero que diga que es un bufete de abogados u oficina legal a menos que sea un abogado autorizado.
  • Representando otros. Con muy pocas excepciones, solo un abogado puede comparecer en nombre de otra persona en un tribunal o en otros procedimientos judiciales. Esto incluye audiencias formales de arbitraje o mediación, así como procedimientos regulatorios o administrativos. También es ilegal negociar en nombre de otra persona si las negociaciones implican derechos o responsabilidades legales.
  • Preparar documentos en nombre de otra persona. Elegir qué Los documentos legales que una persona debe crear, ayudar a otros a crear esos documentos o prepararlos en nombre de otra persona también se considera la práctica no autorizada de la ley. Sin embargo, algunos estados permiten los servicios de preparación de documentos sin abogados, aunque estos están reconocidos en solo un puñado de estados.
  • Asesoramiento legal. Solo los abogados pueden brindar asesoramiento legal a otras personas sobre cuáles son sus derechos legales, qué deben hacer para proteger esos derechos o proporcionar otras formas de asesoramiento legal. Sin embargo, eso no significa que sea ilegal hablar con la gente sobre la ley o proporcionar información a otros o consejos sobre lo que usted cree que deberían hacer. La práctica no autorizada de la abogacía implica proporcionar información sobre las acciones que se deben tomar o dar consejo a alguien que se adapte específicamente a la situación única de un individuo, bajo la apariencia de ser un abogado o una persona con experiencia en la ley.

Pago

No es necesario aceptar pagos ni ningún tipo de compensación para ser condenado por el ejercicio de la abogacía no autorizada . Por ejemplo, los tribunales han sostenido que los reclusos que ayudan a otros reclusos a preparar apelaciones u otros alegatos legales se han involucrado en la práctica no autorizada de la ley a pesar de que nunca recibieron pago o compensación por esos servicios.

La práctica no autorizada de la ley puede ser un delito menor o un delito grave. Las leyes del estado en el que ocurre la actividad determinan la gravedad del delito y algunos estados permiten cargos por delitos menores o mayores según las circunstancias. Cualquier persona condenada por el ejercicio no autorizado de la abogacía enfrenta una serie de posibles sanciones.

  • Encarcelamiento. Si es condenado por el delito de la práctica no autorizada de la ley, se enfrenta a una posible sentencia de cárcel o prisión. Una condena por delito menor puede llevar a una sentencia de hasta un año en la cárcel del condado, mientras que las sentencias por delito mayor permiten un año o más en prisión, aunque 5 años o en algunos estados es posible que haya más en la cárcel.
  • Multas. Las multas son un castigo común por el ejercicio no autorizado de la ley. Las multas por delitos menores a menudo son $ 1,000 o menos, mientras que las multas por delitos graves pueden exceder los $ 5,000 o más por ofensa.
  • Libertad condicional. Una sentencia de libertad condicional también es posible si ha sido condenado por ejercer la abogacía sin licencia. Mientras esté en libertad condicional, debe cumplir con condiciones específicas, como pagar todas las multas, informar a un oficial de libertad condicional, encontrar o mantener un trabajo y no cometer ningún otro delito.
  • Restitución. Si lo declaran culpable de ejercer la abogacía no autorizada y le cobró a la víctima una tarifa por sus servicios, el tribunal también ordenará un pago de restitución. La restitución es una sanción separada de cualquier multa el tribunal impone y debe pagarse a las víctimas para compensar las pérdidas sufridas. También debe pagar la restitución como condición de una sentencia de libertad condicional. Lo siguiente se toma de la Regla 5.5 recomendada de las disposiciones éticas estándar de la Asociación de Abogados de los Estados Unidos:
  • “8 de febrero de 2019

Regla 5.5: Práctica jurídica no autorizada; Práctica jurídica multijurisdiccional

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Bufetes de abogados y asociaciones

(a) Un abogado no ejercerá la abogacía en una jurisdicción en violación de la regulación de la profesión legal en esa jurisdicción, ni ayudará a otro a hacerlo.

(b) Un abogado que no esté autorizado para ejercer en esta jurisdicción no podrá:

(1) excepto según lo autorizado por estas Reglas u otra ley, establecer una oficina u otra y presencia continua en esta jurisdicción para el ejercicio de la abogacía; o

(2) presentarse al público o representar de otra manera que el abogado está autorizado para ejercer la abogacía en esta jurisdicción.

(c) Un abogado admitido en otra jurisdicción de los Estados Unidos, y no inhabilitado o suspendido de la práctica en ninguna jurisdicción, puede proporcionar servicios legales de forma temporal en esta jurisdicción que:

(1) se llevan a cabo en asociación con un abogado que está autorizado para ejercer en esta jurisdicción y quien participa activamente en el asunto;

(2) están en o están razonablemente relacionados con un procedimiento pendiente o potencial ante un tribunal en esta u otra jurisdicción, si el abogado, o una persona a la que el abogado está asistiendo, es autorizado por la ley u orden para comparecer en dicho procedimiento o espera razonablemente ser autorizado;

(3) están en o están razonablemente relacionados con un arbitraje, mediación u otro procedimiento de resolución alternativo pendiente o potencial en este o otra jurisdicción, si los servicios surgen o están razonablemente relacionados con el abogado «s práctica en una jurisdicción en la que el abogado está admitido para ejercer y no son servicios para los que el foro requiere la admisión pro hac vice; o

(4) no se encuentran dentro de los párrafos (c) (2) o (c) (3) y surgen de o están razonablemente relacionados con la práctica del abogado en una jurisdicción en la que el abogado está admitido para ejercer.

(d) Un abogado admitido en otra jurisdicción de los Estados Unidos o en una jurisdicción extranjera, y no inhabilitado o suspendido de la práctica en ninguna jurisdicción o su equivalente, o una persona que ejerza legalmente como un abogado interno bajo las leyes de una jurisdicción extranjera, puede proporcionar servicios legales a través de una oficina u otra presencia sistemática y continua en esta jurisdicción que:

(1) se brindan al empleador del abogado o sus organizaciones afiliadas, no son servicios para los cuales el foro requiera admisión pro hac vice; y cuando lo realice un abogado extranjero y requiera asesoramiento sobre la ley de esta u otra jurisdicción de los EE. UU. o de los Estados Unidos, dicho asesoramiento se basará en el asesoramiento de un abogado debidamente autorizado y autorizado por la jurisdicción para brindar dicho asesoramiento; o

(2) son servicios que el abogado está autorizado por ley o regla federal o de otro tipo para proporcionar en esta jurisdicción.

(e) Para los propósitos del párrafo (d):

(1) el abogado extranjero debe ser miembro acreditado de una profesión jurídica reconocida en una jurisdicción extranjera, cuyos miembros estén autorizados a ejercer como abogados o consejeros en derecho o equivalente, y sujeto a regulación y disciplina efectivas por un organismo profesional debidamente constituido o una autoridad pública; o,

(2) la persona que de otra manera ejerza legalmente como abogado interno bajo las leyes de una jurisdicción extranjera debe estar autorizada para ejercer bajo esta Regla por, en el ejercicio de su discreción, [el más alto tribunal de esta jurisdicción] .:

Piense en toda la energía mental gastada en estas dos secciones. Así de importante es para la sociedad, para los clientes y para la práctica jurídica misma que no se permita que personas no autorizadas hagan daño a otros presentándose como abogados cuando no lo son. No es exagerado sugerir que es un ataque a la democracia en sí, porque la democracia depende de una ciudadanía que puede confiar en que su gobierno seguirá la ley y no abusará de ese poder. Eso es lo que en el fondo es muy, muy peligroso de la actual administración: el total desprecio de Trumpers por la ley. Si no hay ley, no hay orden, y si no hay orden, no hay seguridad y de ahí, es la jungla porque literalmente es cada persona por sí misma.

Responder

La sanción variará según la jurisdicción. Aquí en el estado de Washington, UPL es un delito menor grave, lo que significa que se castiga con hasta 365 días en la cárcel del condado y una multa de hasta $ 5,000 dólares.

UPL se define aquí por el siguiente estatuto:

RCW 2.48.180: Definiciones — Práctica ilegal de un delito — Causa de disciplina — Conducta no profesional — Defensa — Orden judicial — Remedios — Costos — Honorarios de abogados — Tiempo límite de acción.

(1) Tal como se utiliza en esta sección:

(a) «Proveedor legal» significa un miembro activo en regla de la barra estatal y cualquier otra persona autorizado por la corte suprema del estado de Washington para ejercer la práctica jurídica total o limitada;

(b) «No abogado» significa una persona a la que la corte suprema de Washington le ha otorgado una autorización limitada para ejercer la abogacía, pero que practica la ley fuera de esa autorización, y una persona que no es un miembro activo en regla del colegio de abogados del estado, incluidas las personas que están inhabilitadas o suspendidas de la membresía;

(c) «Interés de propiedad» significa el derecho a controlar los asuntos de una empresa, o el derecho a participar en las ganancias de una empresa, e incluye un préstamo a la empresa cuando el interés del préstamo se basa en los ingresos de la empresa o el préstamo tiene una tasa de interés superior a la comercialmente razonable de interés.

(2) Lo siguiente constituye una práctica ilegal de la ley:

(a) Un no abogado ejerce la abogacía o se para sí misma como con derecho a ejercer la abogacía;

(b) Un proveedor legal tiene una inversión o participación en la propiedad de una empresa dedicada principalmente a la práctica de la abogacía, sabiendo que una persona que no es abogado tiene una inversión o participación en la propiedad en el negocio;

(c) Un no abogado tiene a sabiendas una inversión o participación en la propiedad de un negocio que se dedica principalmente a la práctica de la abogacía;

(d) Un proveedor legal trabaja para un empresa que se dedica principalmente a la práctica de la abogacía, sabiendo que una persona que no es abogado tiene una inversión o participación en la propiedad de la empresa; o

(e) Un no abogado comparte los honorarios legales con un proveedor legal.

(3) (a) La práctica ilegal de la ley es un delito. Una sola infracción de esta sección es un delito menor grave.

(b) Cada infracción posterior de esta sección, ya sea alegada en el mismo o en procesamientos posteriores, es un delito grave de clase C punible de acuerdo con el capítulo 9A.20 RCW.

(4) Nada de lo contenido en esta sección afecta el poder de los tribunales para otorgar medidas cautelares u otra reparación equitativa o para castigar como por desacato.

(5) Siempre que un proveedor legal o una persona autorizada por el estado en una empresa o profesión sea condenada, impuesta o declarada responsable por daños o una sanción civil u otra reparación equitativa conforme a esta sección , el abogado del demandante deberá proporcionar una notificación por escrito de la sentencia al organismo o agencia reguladora o disciplinaria correspondiente.

(6) Una violación de esta sección es motivo de disciplina y constituye una conducta no profesional que podría resultar en cualquier sanción reglamentaria prevista por la ley, incluida la denegación, revocación o suspensión de un negocio o pr licencia profesional, o derecho o admisión a la práctica. La conducta que constituye una infracción de esta sección es una conducta no profesional que infringe el RCW 18.130.180 .

(7) En un procedimiento en virtud de este sección es una defensa si el acusado lo prueba mediante una preponderancia de la evidencia de que, en el momento del delito, la conducta alegada estaba autorizada por las reglas de conducta profesional o las reglas de admisión a la práctica, o los estatutos de licencias de negocios y profesiones de Washington o reglas.

(8) Independientemente de la autoridad otorgada al fiscal general, el fiscal puede solicitar al tribunal superior una orden judicial contra una persona que haya violado este capítulo. Los recursos en una acción judicial interpuesta por un fiscal se limitan a una orden que prohíbe, restrinja o impida la realización de cualquier acto o práctica que constituya una violación de este capítulo e imponga una sanción civil de hasta cinco mil dólares por cada violación. La parte que prevalezca en la acción puede, a discreción del tribunal, recuperar sus costos de investigación razonables y los costos de la acción, incluidos los honorarios razonables de un abogado. El grado de prueba requerido en una acción presentada en virtud de esta subsección es una preponderancia de la evidencia. Una acción bajo esta subsección debe iniciarse dentro de los tres años posteriores a la violación de este capítulo.

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