Mejor respuesta
pros: autonomía civil, protección implícita contra la tiranía, estupidez religiosa abordada directamente, derechos humanos básicos afirmados. Una de las mejores constituciones del mundo moderno, y ciertamente la mejor considerando su antigüedad y originalidad, es uno de los ejemplos más puros de los beneficios de la educación y el período de la Ilustración.
Contras: Demasiado poder, insuficientes límites en los Poderes Judicial y Legislativo. Demasiado vago en muchos temas, especialmente en lo que respecta a las relaciones de los estados con el gobierno federal (que fue intencional debido a la esclavitud). En el pasado, las enmiendas han estado excesivamente influenciadas por poderosos motivos financieros de los jugadores de élite. Y el documento es demasiado fácil de ignorar debido a la naturaleza subjetiva de muchas cláusulas, lo que permite un margen de maniobra que suele ser determinado por el Poder Judicial, que tiende a ser abyecto y esclavo total de intereses adinerados en la mayoría de las épocas.
La constitución se destaca por su fuerte y repetido sesgo hacia la libertad individual frente al bien colectivo. En ese momento, solo los terratenientes varones blancos podían votar (y ese es el grupo que creó el documento), por lo que ciertamente ha alcanzado una distribución de poder muy diferente a la prevista. Sin embargo, el 5\% superior de la población ha retenido el control del proceso a través del poder de la banca de reserva fraccionaria y el paradigma del periódico, luego la televisión, las elecciones y el dinero.
Respuesta
Fortalezas:
- Controles y balances. Ninguna persona o parte del gobierno es superior (al menos desde el punto de vista normativo) a los demás. El poder es compartido.
- Separación de poderes. Ninguna persona o parte del gobierno tiene el poder total. Cada rama tiene su propia área de responsabilidad compartimentada y no puede (al menos desde el punto de vista normativo) desviarse hacia el área de otra rama.
- Supremacy. Es ejecutable y, aunque delega la mayor parte del poder del gobierno a los estados (al menos desde el punto de vista normativo), tiene prioridad sobre los actos y leyes de los estados y los limita a la forma de gobierno establecida en él. .
Debilidades:
- No se ocupa del problema de los partidos. Incluso si los partidos fueran prohibidos, no hay forma de impedir que los funcionarios de ideas afines cooperen. Una fiesta sigue siendo una fiesta incluso si no puedes llamarla así. Una rosa con cualquier otro nombre huele tan dulce. Al no incorporar deliberadamente a los partidos a su sistema y establecer restricciones para limitar y regular su funcionamiento y actividades, los redactores dejaron la Constitución con un enorme punto ciego.
- Presume que la mayoría de los funcionarios electos serán honorables. Los redactores no fueron lo suficientemente tontos como para no imaginar la elección o el nombramiento de un funcionario corrupto, pero diseñaron la respuesta de la Constitución a tal evento con el supuesto de que , si esto ocurriera, la mayoría de los otros funcionarios podrían enjambrar a este intruso como si fueran anticuerpos y expulsarlo (o ella). No lograron imaginar ni proporcionar un remedio para una situación en la que la mayoría del gobierno estaba ocupada por personas corruptas. Quizás imaginaron que en tal caso, la gente se rebelaría y formaría un nuevo gobierno, pero no imaginaron el efecto de la tecnología industrial sobre la capacidad de los militares profesionales para superar por completo a un levantamiento civil. La Segunda Enmienda, si se imaginó en el siglo XVIII para representar un freno a la corrupción del gobierno, es hoy completamente inadecuada en ese papel. Cualquiera que se imagine que un grupo de civiles con AR-15 y Desert Eagles representaría algo más que un aumento de velocidad para el ejército de los EE. UU. Se engaña. Incluso si la capacidad de combate de tal fuerza estuviera a la par (y enfáticamente no ); las realidades de suministro, comunicación, movilidad, maniobra y mando y control están decididamente a favor del gobierno en caso de un levantamiento. Sí, derrotamos al ejército británico en las décadas de 1770 y 1780, pero la guerra era mucho menos sofisticada entonces. Si pudieras reunir y alimentar a un gran grupo de hombres y armarlos con mosquetes y municiones, estarías en la mayor parte del camino para convertirte en un obstáculo para un ejército como el de Gran Bretaña. Eso no es lo que obtienes hoy. Hoy, un «ejército» es mucho más que un grupo organizado de personas con armas de fuego. La Segunda Enmienda no garantiza absolutamente nada en términos de opresión gubernamental.
- El poder judicial está politizado y no rinde cuentas. Argumentos de que la revisión judicial no está en la Constitución es incorrecta. Este poder se basa en las Secciones 1 y 2 del Artículo III.El fallo del Tribunal en Marbury no fue “este poder debe existir, así que lo estamos creando y dando a nosotros mismos ”, como suelen afirmar los críticos de la revisión judicial. Era “este poder existe, y está implícito en este lenguaje aquí, y por supuesto que sí, porque de lo contrario, ¿cuál es el punto de incluso tener una Constitución?” . Sin embargo, el poder judicial, al tener el poder exclusivo de «decir cuál es la ley», como escribió Marshall en Marbury , no tiene más control sobre su poder que el No puede dictaminar hasta que se le someta un caso en apelación, que los magistrados técnicamente pueden ser acusados si fallan de una manera suficientemente indignante. Incluso si los jueces fallan de una manera que es clara e inequívocamente contraria a la redacción explícita de la Constitución, esa decisión se convierte en ley casi inmutable. E incluso si luego se enmienda la Constitución para corregir el problema, en la práctica nada impide que los jueces vuelvan a emitir el mismo fallo. Los hechos son lo que la Corte dice que son, y no hay forma de cuestionarlos que no puedan simplemente negar por declaración. Pueden decir que las manzanas son naranjas y que arriba es abajo y que la izquierda es derecha, y eso se convierte en la ley de la tierra. No existe una entidad con poder para cuestionar el fallo de la Corte. Que los jueces sean nombrados por el Ejecutivo y confirmados por el Senado es un error, no una característica. Cualquiera elegido por los políticos y / o mediante un proceso político es categóricamente un político en sí mismo. Los jueces y magistrados federales que sean nombrados y confirmados, por supuesto, serán elegidos en función de su utilidad política percibida para el partido en el poder. Los Framers reconocieron los efectos deletéreos de la religión estatal en el gobierno y correctamente crearon (desde el punto de vista normativo) una barrera entre la iglesia y el estado. Sin embargo, aparentemente no lograron percibir la misma relación tóxica entre el poder político y el judicial. El papel del ejecutivo y legislativo es tomar decisiones políticas. La función del poder judicial es garantizar que esas decisiones políticas sean compatibles con la Constitución. Por tanto, se sigue que el poder judicial debería estar lo más aislado posible del proceso político. Pero lo que tenemos en cambio es un sistema en el que quienes ejercen el poder político son quienes eligen quién será quien decida si ese mismo poder político se está utilizando correctamente. No debería ser difícil ver por qué esto es problemático.
- Es demasiado difícil de enmendar. De acuerdo, no debería ser fácil enmendar la Constitución, pero tampoco debería ser casi imposible, como está ahora. Además, el hecho de que quienes pueden enmendar la Constitución son los mismos que pueden salir perdiendo si se enmienda la Constitución de ciertas formas, incluso si tales enmiendas son necesarias, es un problema. Si los poderes del Congreso deben ser reducidos o alterados, por ejemplo, se requiere la aprobación del Congreso para hacerlo (a menos que se convoque una Convención, en cuyo caso se descarta esencialmente toda la Constitución).